El Derecho a la Vivienda y la Ley de Interés Preferencial para el Acceso a la Vivienda Social
Autora: Dra. Herlem Isol Reyes López
I. Introducción
En el marco de protección de los derechos humanos, el derecho a la vivienda está sustentado sobre principios que derivan de la dignidad inherente a la persona humana, como punto de partida para su interpretación. De ahí que el respeto y su protección constituyen obligaciones inherentes a los Estados signatarios de los pactos internacionales en dicha materia, en donde Guatemala no es la excepción, garantizando por todos los medios posibles su reconocimiento, promoción y ejercicio en términos de igualdad.
La vivienda es considerada un bien social y un catalizador para promover el bienestar y calidad de vida de las personas. Como un derecho humano fundamental, es abordado más allá de un término abstracto, su enfoque se analiza a partir de ser un derecho interdependiente e indivisible, toda vez que está vinculado con el derecho a la vida, a la familia, a la salud y a tener una vida digna. En ese sentido, su acepción no se restringe a una estructura física que resguarde a las personas del frío o de la lluvia, más bien, refiere a “una condición esencial para vivir con dignidad”, que permita un sentido de pertenencia, bienestar, seguridad, disponibilidad de servicios básicos, acceso a espacios públicos, ubicación en entornos que favorezcan el acceso a oportunidades laborales, escuelas, hospitales, transporte, alimentación y, sobre todo, que sea asequible para las mayorías.
II. Situación de la Vivienda a Nivel Global y Latinoamericano
El acceso a una vivienda adecuada dista mucho de estar al alcance de todos. Estimaciones de la Organización de Naciones Unidas-Hábitat señalan que para el año 2020, alrededor de mil 800 millones de personas a nivel global carecían de una vivienda adecuada, de los cuales el 60 por ciento son personas que viven en asentamientos informales, en hogares hacinados, en hogares inestables o constituyen personas sin hogar. Se estima, además, que en una década este número podría llegar a incrementarse, alcanzando alrededor de 3 mil millones de personas alrededor del mundo (ONU-Hábitat, 2020, pág. 1).